Póliza de cobertura de accidentes escolares
PÓLIZA DE
ACCIDENTES PERSONALES
PÓLIZA No.
994000000015
ASEGURADORA
SOLIDARIA DE COLOMBIA
Desde 31 de marzo de 2024 a 2 de octubre del 2008 ,Importante tener en cuenta:
- Procedimiento para la
atención (docente a cargo que remite a coordinación, promotor de bienestar
o enfermero y/o orientación como apoyo en caso de ausencia de
coordinación). En caso de ausencia de cualquiera de estos actores,
el primer respondiente debe atender, reportar y notificar al acudiente,
para posteriormente informar a coordinación y/o rectoría lo realizado.
- Apoyo desde el área de
orientación, encargados del sistema de alertas en cada sede.
- Comunicación con el padre
de familia y entrega de acta de accidentalidad (se adjunta ultima versión - a partir de la
fecha se debe utilizar esta).
- Se debe verificar y
solicitar a los padres, acudientes y/o tutores información clara del
servicio médico o seguro con el que cuentan, ya que en caso de no estar
activos en el sistema de salud, se debe notificar antes de retirarse del
colegio a la aseguradora con la que tiene
la póliza la Secretaría de Educación, quienes comunicarán a que hospital o
clínica se pueden dirigir.
La Guía de uso de la póliza de cobertura de accidentes escolares
de la Secretaría de Educación del Distrito (SED) de Bogotá establece los
procedimientos, coberturas y requisitos para la atención de los estudiantes de
colegios distritales que sufran accidentes durante sus actividades académicas.
Resumen con los puntos clave del documento y la normativa de la SED:
1. Cobertura del Seguro Escolar
·
A quiénes protege: Estudiantes matriculados en los colegios oficiales/distritales de
Bogotá.
·
Vigencia y horarios: Aplica durante el calendario escolar, jornadas curriculares y
extracurriculares, dentro o fuera del colegio, siempre que sean actividades
organizadas, autorizadas o bajo la responsabilidad del colegio o la SED.
·
Costo: No genera ningún costo adicional para los padres de familia o
cuidadores.
2. ¿Qué cubre la póliza?
·
Gastos médicos y hospitalarios: Atención de urgencias, medicamentos, exámenes diagnósticos, cirugías,
hospitalización y tratamientos requeridos por el accidente.
·
Aparatos ortopédicos y prótesis: Suministro de elementos necesarios para la rehabilitación derivados del
evento.
·
Incapacidad total y permanente o
fallecimiento accidental: Indemnizaciones y amparos de auxilio
funerario o renta según el tipo de eventualidad.
·
Reembolso de gastos médicos / copagos: Si el estudiante es atendido por su EPS o régimen de salud y se
cancelaron copagos o cuotas moderadoras, la aseguradora realiza el reembolso.
TRÁMITE PARA REEMBOLSO DE GASTOS MÉDICOS
1. Copia del documento de
identidad del estudiante y del padre o madre y/o acudiente reclamante.
2. Copia legible y sin
enmendaduras del registro civil de nacimiento del estudiante.
3. Copia de las facturas y/o
soportes de pago debidamente cancelados de los gastos médicos
incurridos (los cuales deben
cumplir con las exigencias mínimas establecidas por la DIAN).
4. Formato de alerta de
accidentalidad o acta de notificación de accidentes emitido por la Institución
Educativa.
5. Copia de la certificación
bancaria. En caso de no contar con cuenta bancaria el reclamante deberá enviar
formato de autorización a la aseguradora, para consignar a un tercero que cuente
con certificación bancaria (anexo 1 - adjunto).
6. Copia de la epicrisis y/o Historia
Clínica del accidente, junto con el formato de consentimiento informado
debidamente diligenciado de Historia Clínica (anexo 2 adjunto).
7. Diligenciamiento del formato de
solicitud de reclamación de la Aseguradora Solidaria y conocimiento de cliente
(anexo 3 ).
3. Protocolo de atención paso a paso
1. Atención
inicial (En el colegio):
o
El primer auxiliador evalúa y
clasifica la gravedad del accidente.
o
En casos leves, se prestan primeros
auxilios y se notifica al acudiente.
o
En casos de urgencia o gravedad, se
activa la línea de emergencias 123 para traslado
asistencial.
2. Notificación
y reporte:
o
El colegio notifica inmediatamente a
los padres/acudientes.
o
Se diligencia el Formato de Acta de Accidente o reporte en el módulo del
Sistema de Alertas SED-Colegio.
3. Atención
médica y contacto con la aseguradora:
o
Los acudientes deben comunicarse a
los canales de la aseguradora contratada (Positiva Compañía de Seguros) para la
orientación y asignación del centro médico o trámite de urgencia.
4. Procedimiento para el Reembolso de
Gastos
En caso de requerir el reembolso de copagos, cuotas moderadoras o
medicamentos:
·
Documentación requerida:
1. Fotocopia del documento de identidad del estudiante y del
acudiente/representante legal.
2. Registro civil de nacimiento del menor.
3. Facturas originales y soportes de pago de los gastos médicos.
4. Formato/Acta de notificación del accidente diligenciada por el colegio.
5. Certificación bancaria para el depósito (o autorización de pago por
ventanilla).
6. Formulario de solicitud de reclamación provisto por la aseguradora.
Radicación: Los documentos se entregan a la Secretaría de Educación (o mediante sus
canales virtuales autorizados) para que la Dirección de Dotaciones Escolares
formalice el siniestro ante la aseguradora.
Av. Eldorado No. 66 – 63
PBX: 324 10 00 Fax: 315 34 48
Código postal: 111321
www.educacionbogota.edu.co
Información: Línea 195
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