Póliza de cobertura de accidentes escolares

PÓLIZA DE ACCIDENTES PERSONALES

PÓLIZA No. 994000000015

ASEGURADORA SOLIDARIA DE COLOMBIA

Desde 31 de marzo de 2024 a  2 de octubre del 2008 ,Importante tener en cuenta:

  1. Procedimiento para la atención (docente a cargo que remite a coordinación, promotor de bienestar o enfermero y/o orientación como apoyo en caso de ausencia de coordinación).  En caso de ausencia de cualquiera de estos actores, el primer respondiente debe atender, reportar y notificar al acudiente, para posteriormente informar a coordinación y/o rectoría lo realizado.
  2. Apoyo desde el área de orientación, encargados del sistema de alertas en cada sede.
  3. Comunicación con el padre de familia y entrega de acta de accidentalidad (se adjunta ultima versión - a partir de la fecha se debe utilizar esta).
  4. Se debe verificar y solicitar a los padres, acudientes y/o tutores información clara del servicio médico o seguro con el que cuentan, ya que en caso de no estar activos en el sistema de salud, se debe notificar antes de retirarse del colegio a la aseguradora con la que tiene la póliza la Secretaría de Educación, quienes comunicarán a que hospital o clínica se pueden dirigir.

La Guía de uso de la póliza de cobertura de accidentes escolares de la Secretaría de Educación del Distrito (SED) de Bogotá establece los procedimientos, coberturas y requisitos para la atención de los estudiantes de colegios distritales que sufran accidentes durante sus actividades académicas.

 

Resumen con los puntos clave del documento y la normativa de la SED:

1. Cobertura del Seguro Escolar

·         A quiénes protege: Estudiantes matriculados en los colegios oficiales/distritales de Bogotá.

·         Vigencia y horarios: Aplica durante el calendario escolar, jornadas curriculares y extracurriculares, dentro o fuera del colegio, siempre que sean actividades organizadas, autorizadas o bajo la responsabilidad del colegio o la SED.

·         Costo: No genera ningún costo adicional para los padres de familia o cuidadores.

2. ¿Qué cubre la póliza?

·         Gastos médicos y hospitalarios: Atención de urgencias, medicamentos, exámenes diagnósticos, cirugías, hospitalización y tratamientos requeridos por el accidente.

·         Aparatos ortopédicos y prótesis: Suministro de elementos necesarios para la rehabilitación derivados del evento.

·         Incapacidad total y permanente o fallecimiento accidental: Indemnizaciones y amparos de auxilio funerario o renta según el tipo de eventualidad.

·         Reembolso de gastos médicos / copagos: Si el estudiante es atendido por su EPS o régimen de salud y se cancelaron copagos o cuotas moderadoras, la aseguradora realiza el reembolso.

 

 

TRÁMITE PARA REEMBOLSO DE GASTOS MÉDICOS

1. Copia del documento de identidad del estudiante y del padre o madre y/o acudiente reclamante.

2. Copia legible y sin enmendaduras del registro civil de nacimiento del estudiante.

3. Copia de las facturas y/o soportes de pago debidamente cancelados de los gastos médicos

incurridos (los cuales deben cumplir con las exigencias mínimas establecidas por la DIAN).

4. Formato de alerta de accidentalidad o acta de notificación de accidentes emitido por la Institución Educativa.

5. Copia de la certificación bancaria. En caso de no contar con cuenta bancaria el reclamante deberá enviar formato de autorización a la aseguradora, para consignar a un tercero que cuente con certificación bancaria (anexo 1 - adjunto).

6. Copia de la epicrisis y/o Historia Clínica del accidente, junto con el formato de consentimiento informado debidamente diligenciado de Historia Clínica (anexo 2 adjunto).

7. Diligenciamiento del formato de solicitud de reclamación de la Aseguradora Solidaria y conocimiento de cliente (anexo 3 ).

3. Protocolo de atención paso a paso

1.    Atención inicial (En el colegio):

o    El primer auxiliador evalúa y clasifica la gravedad del accidente.

o    En casos leves, se prestan primeros auxilios y se notifica al acudiente.

o    En casos de urgencia o gravedad, se activa la línea de emergencias 123 para traslado asistencial.

2.    Notificación y reporte:

o    El colegio notifica inmediatamente a los padres/acudientes.

o    Se diligencia el Formato de Acta de Accidente o reporte en el módulo del Sistema de Alertas SED-Colegio.

3.    Atención médica y contacto con la aseguradora:

o    Los acudientes deben comunicarse a los canales de la aseguradora contratada (Positiva Compañía de Seguros) para la orientación y asignación del centro médico o trámite de urgencia.

4. Procedimiento para el Reembolso de Gastos

En caso de requerir el reembolso de copagos, cuotas moderadoras o medicamentos:

 

·         Documentación requerida:

1.    Fotocopia del documento de identidad del estudiante y del acudiente/representante legal.

2.    Registro civil de nacimiento del menor.

3.    Facturas originales y soportes de pago de los gastos médicos.

4.    Formato/Acta de notificación del accidente diligenciada por el colegio.

5.    Certificación bancaria para el depósito (o autorización de pago por ventanilla).

6.    Formulario de solicitud de reclamación provisto por la aseguradora.

Radicación: Los documentos se entregan a la Secretaría de Educación (o mediante sus canales virtuales autorizados) para que la Dirección de Dotaciones Escolares formalice el siniestro ante la aseguradora.

 

Av. Eldorado No. 66 – 63

PBX: 324 10 00 Fax: 315 34 48

Código postal: 111321

www.educacionbogota.edu.co

Información: Línea 195

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