3. PROTOCOLO PARA VIOLENCIAS BASADAS EN GÉNERO
Protocolo de atención para situaciones de presunta violencia contra niñas, adolescentes, jóvenes y adultas por razones de género.
El Protocolo de atención para presuntas violencias basadas en género
(VBG), orientaciones sexuales e identidades de género diversas (OSIGD) (Versión
6.0) establece la hoja de ruta obligatoria para las instituciones
educativas frente a situaciones que vulneren la integridad de los estudiantes
por razones de género o diversidad sexual. Su objetivo principal es garantizar
la protección, la no revictimización y el restablecimiento de derechos a través
de un enfoque diferencial, de género y de derechos humanos.
Principios
Rectores del Protocolo
·
No revictimización: Evitar que la presunta víctima deba repetir su relato
innecesariamente o confrontar a su agresor.
·
Confidencialidad: Manejo estricto de la información para proteger la
intimidad y dignidad de los involucrados.
·
Celeridad y debida diligencia: Actuación inmediata para detener el daño y activar las
rutas intersectoriales.
·
Prohibición de mediación: En casos de VBG o violencia sexual, está estrictamente
prohibido conciliar o mediar entre la presunta víctima y el presunto agresor.
Fases
de Atención y Activación de Ruta
1.
Identificación y Recepción del Caso:
o Acoger a la presunta víctima con empatía, validando su
relato sin juicios.
o Brindar primeros auxilios psicológicos y contención
emocional inmediata.
2.
Protección y Medidas Urgentes:
o Separar inmediatamente a la presunta víctima del presunto
agresor.
o Si hay lesiones físicas o alteración emocional grave,
derivar de inmediato al sector salud.
3.
Reporte y Derivación
(Activación Externa):
o Sector Protección: Reportar
al ICBF (Instituto Colombiano de Bienestar Familiar) o Comisarías de Familia
para el restablecimiento de derechos.
o Sector Justicia: Denunciar
ante la Fiscalía General de la Nación o Policía de Infancia y Adolescencia
(estas violencias constituyen presuntos delitos).
o Sistema Escolar: Registrar
el caso en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar (SIUCE) y
notificar a la Dirección Local de Educación.
4.
Seguimiento y Acciones
Pedagógicas:
o El Comité Escolar de Convivencia asume el seguimiento
para garantizar la permanencia escolar de la víctima.
o Implementar acciones pedagógicas y restaurativas con la
comunidad educativa para transformar los imaginarios machistas o lgbtifóbicos.
Estudios de Caso Prácticos
Caso 1: Violencia por
Identidad de Género (Transfobia)
Situación:
Un estudiante de grado 9° que se
identifica como un chico trans (asignado femenino al nacer) reporta al equipo
de orientación que un grupo de compañeros de grado 10° lo acosa sistemáticamente
en los pasillos, utilizando su deadname
(nombre de registro), burlándose de su expresión de género y bloqueando su
ingreso al baño de hombres.
Aplicación del Protocolo
(Acciones del Orientador/Colegio):
·
Contención: Validar la identidad de género del estudiante, usar su
nombre identitario y brindar primeros auxilios psicológicos.
·
Protección: Garantizar de inmediato el uso de un baño seguro (según
la elección del estudiante) y emitir una alerta a los docentes para monitorear
los pasillos.
·
Activación: Al ser un caso de acoso escolar severo por transfobia
(Tipo III por sesgo de género), se reporta al ICBF para garantía de derechos y
se registra en el SIUCE.
·
Seguimiento Institucional: El Comité de Convivencia cita a los acosadores y sus
familias para notificar las faltas. Se diseña un plan pedagógico urgente sobre
identidades de género diversas para los grados 9° y 10°, sin exponer a la
víctima.
Caso
2: Violencia Sexual por Dinámica de Poder (Acoso Docente-Estudiante)
Situación:
Una estudiante de grado 11° le
confiesa a una docente de confianza que el profesor de educación física le hace
comentarios reiterados sobre su cuerpo, le envía mensajes por redes sociales
fuera del horario escolar y la toca de manera inapropiada durante los
ejercicios de estiramiento.
Aplicación del Protocolo
(Acciones del Orientador/Colegio):
·
Protección Inmediata: Proteger a la estudiante garantizando que no vuelva a
tener contacto con el docente. No se le puede pedir a la estudiante que se
reúna o confronte al profesor.
·
Derivación Externa: El rector o la persona que conoce el caso denuncia
inmediatamente a la Fiscalía (presunto delito sexual) y al ICBF para el
restablecimiento de derechos de la menor.
·
Ruta Disciplinaria: Remitir un informe a la Oficina de Control Interno
Disciplinario de la Secretaría de Educación para iniciar la investigación y
posible suspensión del docente.
·
Restricción: Bajo ninguna circunstancia el colegio puede realizar un
proceso de "mediación" institucional en este caso. Se maneja con
reserva sumarial para proteger a la estudiante.
Caso
3: Violencia Basada en Género en el Noviazgo Escolar
Situación:
Durante el descanso, un
coordinador observa que un estudiante de grado 10° jalonea del brazo a su novia
(estudiante de grado 9°), le arrebata el celular y le grita insultos misóginos
exigiéndole sus contraseñas. Al intervenir, la estudiante minimiza el hecho
diciendo que "él es así porque la cuida".
Aplicación del Protocolo
(Acciones del Orientador/Colegio):
·
Identificación: Reconocer que no es un simple "conflicto de
pareja", sino una VBG (violencia psicológica y física) fundamentada en
control y celotipia.
·
Atención Inmediata: Separar a los estudiantes de inmediato. Entrevistar a la
víctima a solas, brindando contención e informándole sobre el ciclo de la
violencia, ya que no percibe el riesgo.
·
Activación: Citar a las familias de ambos por separado (nunca juntas
para evitar riesgos a la víctima). Remitir a la víctima al sector salud y al
ICBF por presunta violencia intrafamiliar/pareja.
·
Seguimiento: El agresor asume un proceso disciplinario formativo y se
restringen los espacios de encuentro entre ambos en la institución. Se
implementan talleres de prevención de violencias en el noviazgo y masculinidades
hegemónicas en la media vocacional.
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